Una carta de Bankinter

Ayer recibí una carta de Bankinter referente a la tarjeta de débito que me hicieron llegar cuando abrí la cuenta corriente en dicho banco. Esta no es la primera vez que recibo este tipo de carta pero esta vez me ha sentado especialmente mal, quizá por las últimas cosas que he aprendido sobre el funcionamiento de los bancos.

El primer párrafo de la carta no tiene desperdicio, asi que lo reproduzco:

«Adecuar los servicios a las necesidades puntuales de cada cliente». Esto que a simple vista sólo parece una frase, en Bankinter es además una realidad sobre la que trabajamos día a día. Y para demostrárselo le mencionamos un hecho que le afecta a usted personalmente. Y es que hemos detectado que, por cualquier circunstancia, su Tárjeta de Débito número ######### no ha tenido movimientos en los últimos 9 meses.

La primera frase me parece de una hipocresía tremenda. Se acuerdan de las necesidades del cliente para recordarle que no ha hecho ningún movimiento con la tarjeta y que si no lo hace en breve procederán a no renovar la tarjeta.

Pero no se han acordado de mi para ofrecerme un incremento en el interés de la cuenta. Tampoco se han acordado de mi para reducirme las comisiones en el envío de correo. Del mismo modo tampoco se han acordado del cliente para ampliar el horario de atención en las oficinas.

Estas si hubiesen sido cosas que me habrían hecho pensar que realmente me tienen aprecio.

Es curioso, en que cosas se fijan los bancos.

La verdad es que tengo más tarjetas de las que necesito y me insulta que utilicen el chantaje para que realice un gasto con la tarjeta que probablemente no necesito hacer. Cuando abri la cuenta me vendieron la tarjeta como una ventaja más para abrir la cuenta en ese banco, pero no me dijeron que si no hacía cargos con ella me la retirarían, si me lo hubiesen dicho desde el primer momento probablemente no me habría molestado, pero ahora y de esta manera me resulta ciertamente molesto.

En fin, solo quería contarlo por si hay más gente que se encuentra con este tipo de cartas. Esta carta no me hace pensar eso, mas bien todo lo contrario. De ser honestos me hubiesen enviado la carta redactada de otro modo, podría haber sido así:

Como usted sabrá esto es un negocio y le hemos proporcionado a usted una tarjeta para que la use y con ello se incrementen nuestros ingresos por las comisiones que cobramos a los comercios y en los cajeros por su uso. Pero usted se empeña en no usarla. O se pone usted ahora mismo a usar la tarjeta o se la cancelamos ipso facto.

Saludos afectuosos.

El Banco.

Quizás un poco dura para el que la recibe pero por lo menos te dicen la verdad a las claras que ya es de agradecer.

Cuentas en divisas o multidivisas

Forma de inversión para diversificar el patrimonio, aunque tiene bastante riesgo por la oscilación de las monedas. Se puede encontrar prácticamente en cualquier banco o caja. Por ejemplo, aquí.

De 2 tipos: a la vista (como una cuenta corriente), a plazo (como una cuenta de ahorro en la divisa).

Normalmente está disponible en las divisas más utilizadas: dólares, libras, yen, franco suizo, etc.

Suele ser un instrumento del día a día de empresas con negocios internacionales. Pero también es un instrumento de inversión para el particular. Su uso puede ser habitual para la compra/venta de acciones en bolsas extranjeras consiguiendo independencia de las fluctuaciones del cambio. Al tener una cuenta en divisas no tienes que estar haciendo continuamente la conversión de una divisa extranjera a la propia, esa conversión la haces cuando lo creas conveniente. Es decir, si realizas muchas operaciones en dólares y en un momento dado está barato pues haces una buena inversión en la cuenta en divisas, con estas divisas realizas las operaciones de compra/venta que sean necesarias y cuando la divisa suba pues las conviertes a la moneda propia.

A la hora de elegir una cuenta en un banco u otro hay que tener en cuenta:

  1. Rapidez en la operativa, que des la orden de cambio de divisa hoy y no tengas que esperar varios días a que te la ejecuten pues los cambios oscilan rápido y el cambio que hoy era interesante mañana puede no serlo.
  2. Claridad en el valor del cambio al que te van a realizar la operación de conversión de la divisa a moneda propia y viceversa.

En estas cuentas los intereses son los que corresponde a la divisa. Por ejemplo, para el Euro estará en el orden del 3-4% si es una cuenta online, en cambio para una cuenta en otra divisa el interés será el de referencia en dicha divisa. En las cuentas de divisa a plazo se utilizará como referencia el LIBOR del que hablábamos el otro día

Es una forma de inversión sencilla en la operativa si llegas a la conclusión (difícil, pues para eso hay que saber bastante del tema) de que una determinada divisa ahora está barata al cambio con la moneda propia y piensas que dentro de un tiempo va a subir de precio. Pues compras divisa cuando está barata y la vendes cuando está cara. Puedes conseguir una rentabilidad doble, por un lado el interés que ya de por si genera la cuenta y por otro la revalorización de la divisa.

La fiscalidad de las cuentas en divisas es la misma que la cuenta corriente normal, se considera rendimientos capital mobiliario tributando al 18% además de estar sujeta al 18% de retención.

Hay que tener muy claro que la inversion en divisa es arriesgada pues la evolución de la cotización de una moneda se ve afectada por multitud de factores la gran mayoría macroeconómicos y que escapan al control del común de los mortales.

El Euribor baja pero ojo con las revisiones

Parece que el Euribor había encadenado varios días de bajadas hasta llegar por debajo del 4,3% aunque cuando se ha recuperado la bolsa ha vuelto a subir por encima de ese valor quedando hoy ya en el 4,36%. Parece que la tendencia puede hacer ciertas las previsiones que dicen que el Euribor se situará alrededor del 4% a finales de año. Para que eso se cumpla la situación económica se debería estabilizar cosa que está por ver.

Pero como explicamos el otro día, hay que tener cuidado y no hacerse falsas composiciones de lugar pensando que si nos revisan ahora mismo la hipoteca nos abaratará la cuota. Muy al revés si te revisan la hipoteca el día 1 de Febrero no te beneficiarás de estas bajadas porque el tipo de referencia al que el banco te revisará la hipoteca en la mayoría de los contratos está establecido al último valor publicado en el BOE que es el de Enero y que corresponde con el Euribor de Diciembre de 2007. Pues resulta que es el más alto de los últimos tiempos que quedó fijado en el 4,792%.

Por tanto para que estas bajadas del Euribor sean interesantes necesitamos que la revisión de nuestra hipoteca sea unos meses más adelante y no ahora, si la revisión coincide con el dia 1 de Febrero nos supondrá un incremento apreciable de la cuota a pesar de la nueva tendencia del índice. Es lo que tienen las hipotecas de interés variable y más ahora que es como una ruleta rusa con estos sube y bajas.

La media del Euribor a 12 meses en Enero 2008 rondará entre el 4,5 y el 4,6%.

Histórico Euribor a 12 meses:

Diciembre 2007     4,792%
Noviembre 2007   4,607%
Octubre 2007        4,647%
Septiembre 2007  4,725%
Agosto 2007           4,666%

LIBOR

LIBOR, corresponde con la abreviatura de London Interbank Offered Rate, es una media ponderada del interés al que se prestan los bancos dinero a corto plazo. Tiene una dimensión internacional y es reconocido en el mercado londinense, donde se centralizan un elevado número de operaciones de préstamo interbancario mundial, como el principal índice de referencia. En comparación con el Euribor que tiene una dimensión europea.

Al tratarse de una referencia del mercado internacional el LIBOR se maneja en diferentes divisas, hablamos de las más importantes a nivel mundial: dólares americanos, australianos, canadienses y neozelandeses, libras, yen, euros, francos suizos, corona danesa y corona sueca. Para establecer los valores diarios se establecen grupos por divisa (ing) compuestos al menos por 8 bancos de gran importancia que son referencia en dicho mercado de divisa. En estos grupos se encuentran los bancos más importantes de todo el mundo. Dichos grupos por divisa se revisan anualmente para adaptarse a los cambios coyunturales sustituyendo un banco u otro si ha variado el volumen de negocio en la divisa.

De la formación de este índice se ocupa Reuters y la Asociación de Banqueros Británicos (British Bankers Association, BBA) que lo publican diariamente alrededor de las 11 de la mañana.

El proceso de formación del LIBOR podría resumirse de la siguiente manera: una vez recopilados los datos de las operaciones diarias de préstamo interbancario de todos los bancos referencia para cada grupo, se deshechan los datos más altos y los más bajos y con los restantes se promedia y el dato resultante es el que se publica. Los valores que se publican corresponden al valor para diferentes periodos por cada divisa: a 1 semana, a 2 semanas, a 1 mes, a 2 meses, …, a 12 meses. Un valor bastante fiable y que refleja la situación del mercado es el de 6 meses.

Para ver el histórico del 2008 aunque con 1 semana de retraso se puede bajar un fichero excel con todos los datos de la página de la BBA.

Si quieres también puedes consultar históricos para otros periodos

Descubrí el LIBOR hace unos días porque se utiliza para la referencia en las hipotecas multidivisa. Al igual que en las hipotecas tradicionales se usa el Euribor más un diferencial, en las multidivisa se utiliza el LIBOR y su correspondiente diferencial. En otra entrada intentaré comentar algo sobre las posibilidades que ofrecen las hipotecas multidivisa, aunque en Bolsacinco se puede leer una introducción muy completa para hacerse una idea. No lo he mirado mucho porque lo veo demasiado arriesgado para mi al estar muy ligado a las oscilaciones entre divisas pero puede interesar dependiendo de la situación personal y el tipo de hipoteca.

Resumen semanal

Aquí están algunos temas de días atrás que merece la pena revisar si pasaron desapercibidos en un primer momento:

Cálculo de TAE a partir de TIN y viceversa

Esta tarde estaba haciendo más cálculos y tenía que estar pasando entre el valor TAE y el valor TIN, así que después de un rato ya casi lo calculaba a ojo, aproveché e hice unas cuentas para sacar las fórmulas que se pueden usar para pasar fácilmente de uno a otro.

Resulta que en un caso general con liquidacion mensual y aplicando la fórmula del interés compuesto para el periodo de un año tienes:

C1 = C * (1 + Inm)
C2 = C1 * (1 + Inm) = C * (1 + Inm) * (1 + Inm) = C * (1 + Inm)^2
…..
Cn = Cn-1 * (1 + Inm) * ……….. * (1 + Inm) = C * (1 + Inm)^n

donde:

C = Capital Inicial
C1 = Capital tras 1 mes
C2 = Capital tras 2 meses
Cn-1 = Capital tras n-1 meses
Cn = Capital tras n meses
Inm = Tasa Interés nominal mensual tanto por uno = Inm% / 100

En los cálculos n será 12 pues estamos tratando de conversión entre tasa de interes nominal anual con liquidación mensual durante 12 meses y tasa anual equivalente.

Nota: Inm es la Tasa nominal mensual, normalmente el dato que te da el banco es la nominal anual (Ina) por tanto para hallar la Inm deberás dividir la Ina por 12. Es decir:

Inm = Ina / 12

Ahora usando la TAE todo el cálculo anterior que es un poco complejo se reduce simplemente a:

Cn = C * (1 + I)

donde,

C = Capital Inicial
Cn = Capital tras n meses
I = Tasa Anual Equivalente (TAE) en tanto por uno = TAE% / 100

Pues teniendo claro que Cn en ambos casos debe ser igual e igualando ambas ya tenemos la ecuación que necesitamos para pasar de un valor a otro o viceversa:

(1 + I) = (1 + Inm)^n

sabemos que n = 12 (12 meses), así que las fórmulas que estaríamos buscando son:

I = [(1 + Inm)^n] – 1

Inm = [(1 + I)^(1/n)] – 1, y luego Ina = Inm * 12

si además quieres el valor en tanto por cien, debes multiplicar los valores anteriores por 100.

Ejemplo:

Sea un TAE = 4,50%, cual será la Ina?

Usando la fórmula anterior:

Inm = [(1 + 0.045)^(1/12)] – 1 = 0,003674

Ina = 0,003674 * 12 = 0,04409

que al multiplicar por 100 nos da una Tasa de Interés Nominal Anual del 4,41% redondeando.

Intereses de Demora

Definición.

Los que se producen como consecuencia de una tardanza o retraso excepcional en el cobro de una deuda, a cuyo fin se calculan los días que median entre la fecha en que debió hacerse el pago (vencimiento) y el día en que realmente se hizo. Suele darse en las letras de cambio, efectos financieros, remesas de extranjero, créditos documentarios, pólizas de crédito pendientes de renovación, etc. A veces se aplica como penalización un tipo de interés superior al normal.

Se regula por la Ley 3/2004, de 29 de diciembre de 2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

En el articulo 5 de esta ley se establece lo siguiente:

Artículo 5. Devengo de intereses de demora.
El obligado al pago de la deuda dineraria surgida como contraprestación en operaciones comerciales incurrirá en mora y deberá pagar el interés pactado en el contrato o el fijado por esta Ley automáticamente por el mero incumplimiento del pago en el plazo pactado o legalmente establecido, sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte del acreedor.

Las situaciones más habituales en las que los encontraremos son:

– en hipotecas

Aunque en la definición que comienza el artículo no lo menciona específicamente, los intereses de demora aparecen incluídos en todas los contratos de hipoteca estandar y suelen tener como valor el resultante de añadir un número de puntos al interés normal de la hipoteca. Además de esto también aparecerá regulado un pago fijo por reclamación del recibo impagado.

En esta página del Banco de España se puede ver un ejemplo de cómo calcular el montante correspondiente a un periodo durante el que se haya incurrido en demora del pago.

– en cuentas corrientes

Es muy habitual que aparezca en los contratos de las cuentas corrientes. Si se recibe un cargo en la cuenta y no hay efectivo para hacer frente el banco podrá adelantar el dinero y luego cobrar los intereses de demora correspondientes además del fijo por reclamación de recibo impagado.

En la multitud de escenarios posibles siempre existen bancos que intentan exprimir al máximo estas situaciones de impagos. Pero hay veces que van más allá de lo legal lo que provoca un aluvión de recursos contra los bancos por considerar los intereses de demora abusivos.

En la Ley 7/1995, de 23 de Marzo, de Credito al Consumo lo recoge en el articulo 19:

4. En ningún caso se podrán aplicar a los créditos que se concedan, en forma de descubiertos en cuentas corrientes a los que se refiere este artículo, un tipo de interés que dé lugar a una tasa anual equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero.

Es tal el número de casos en hipotecas que ya existe jurisprudencia al respecto, considerando intereses de demora superiores en 2,5 veces el interés legal del dinero como abusivos. En caso de reclamar al banco, éste tendra todas las de perder y deberá calcular de nuevo los intereses de demora utilizando un valor de interés más bajo.

Tipo de interés legal del dinero para el año 2008: 5,50% (BOE 27 diciembre 2007).

Mas Información:
http://revista.consumer.es/web/es/20071101/practico/sentencias/71992.php
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/2002/06/28/48509.php

Bancos + Hipotecas = Pesca Hipotecaria

Hay veces que una imagen vale más que mil palabras y ésta es una de ellas.

 

Pesca Hipotecaria

Interés Legal del Dinero

De acuerdo con la definicion del diccionario, se define como:

El que señala la ley

Aunque la definicion es escueta y practicamente recursiva resume bastante bien el origen y razon de este valor.

Se trata de un valor de interes que se publica como parte de una ley en el BOE. Mas concretamente, en España, este interes es el que se utiliza en el calculo de la penalizacion a devolver cuando no existe otro acordado previamente en caso de demora en pagos (habitualmente en hipotecas, prestamos, pero tambien si Hacienda se retrasa en devolvernos dinero del IRPF).

Este valor se publica en el BOE normalmente al comienzo del año formando parte de los Presupuestos Generales del Estado y tiene vigencia durante el resto del año.

Disposición adicional trigésima cuarta. Interés legal del dinero.

Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 5,50 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2008.

El valor del interes legal del dinero para el año 2008 se ha fijado en el 5,50%, que supone una subida de medio punto con respecto al del año pasado que estaba en el 5%. Continua la escalada que desde el 4% de los años 2005 y 2006 le ha llevado ya al 5,5% de este año.

Varapalo bursatil historico para el IBEX35

No podemos dejar de mencionar el varapalo bursatil que se produjo ayer, el mayor en la historia del IBEX35, que no ha tenido continuidad hoy debido a la intervencion de la reserva federal americana reduciendo los tipos de interes tres cuartos de punto hasta el 3,5% y tambien respondiendo a los comentarios de los analistas que consideraban el castigo excesivo.

Hoy, la bolsa española ha recuperado parte, que no todo, de lo perdido ayer. Aunque las incertidumbres abiertas despues del Lunes Negro como ya se ha bautizado la sesion de ayer parece que ponen la inversion en bolsa en cuarentena.

No es que sea una inversion que me estuviese planteando pero visto lo visto o sabes muy bien lo que haces o si no mejor mantenerse alejado en estos momentos.