Acabo de ver que si no estás pendiente con la deducción de vivienda habitual en la declaración de la renta puede que pierdas la compensación a la que hay derecho si compraste la vivienda antes del 20 de Enero de 2006. Esta compensación se recibe debido a que se han reducido los porcentajes de deducción en la Ley para el IRPF del 2007 (antes eran del 25 o 20% y ahora son del 15%).
He estado leyendo un par de guías que me enviaron los bancos y en todas se hace referencia a esta compensación pero la verdad es que no la había tenido en cuenta. Y es para no perderla pues puede ir desde 200 y pico euros hasta 450 de deducción.
En algunos borradores emitidos por la Agencia Tributaria no se contempla dicha compensación y es necesario corregirlo. También si realizas la declaración a través del programa PADRE tienes que estar atento y marcar la casilla 737 o de lo contrario tampoco se te tendrá en cuenta la compensación. En mi caso acabo de revisar la declaración (que ya tenía presentada hace tiempo) y aunque no he sido consciente sí que tenía la casilla correctamente rellenada, pero también podría haber estado sin rellenar.
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